ℹ️ Información General
📅 Fecha de Publicación
08/01/2026
⏰ Fin del Plazo
05/02/2026
📍 Provincia
Madrid
🏙️ Municipio
Madrid
🗺️ Comunidad Autónoma
Comunidad de Madrid
🏛️ Órgano Convocante
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
💼 Puesto
CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS
📄 Disposiciones
Este Rectorado ha resuelto convocar 48 plazas, 16 con cargo a la Oferta de Empleo Público de 2024 y 32 de la Oferta de Empleo Público de 2025, y el número de plazas convocadas se verá incrementado en caso de recibir solicitudes de participación en la convocatoria de personas que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, todo ello con arreglo a las siguientes Bases de la convocatoria 1. Normas generales A los presentes concursos les será de aplicación la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados por Decreto 84/2025, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid y el acuerdo de Adaptación a la LOSU del procedimiento para la composición de las comisiones de selección y desarrollo de los concursos para las plazas de profesorado (aprobado en del Consejo de Gobierno de la Universidad Politécnica de Madrid de fecha 21 de diciembre de 2023), el Catálogo de Áreas de Conocimiento afines aprobado en Consejo de Gobierno de 22 de febrero de 2018, y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres, en cuanto sean de aplicación. Asimismo, a los presentes concursos le resulta de aplicación, lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante LPAC y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 2. Requisitos de los candidatos 2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales: a) Nacionalidad: Ser español. No obstante, podrán participar en idénticas condiciones que los españoles los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea vigentes en España, por aplicación de la libre circulación de trabajadores, se les considera de similar condición. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea vigentes en España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo, deberán acreditar la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco, y la dependencia. b) Edad: Tener cumplidos 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a Profesor de Universidad. d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de los aspirantes que no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no hallarse sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado o en España el acceso a la función pública. 2.2 Requisitos específicos a justificar: Justificar hallarse en una de estas dos situaciones: a) Acreditado o acreditada para el cuerpo docente universitario al que se refiera. b) Ser funcionario o funcionaria del cuerpo docente por el que se convoca la plaza. En este caso, no podrán participar en el concurso, quienes, habiendo obtenido una plaza tras un concurso de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios en otra Universidad, no la hubieran desempeñado, al menos, durante dos años. 2.3 Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión y, en su caso, a lo largo de toda la relación jurídica. Para el caso de los nacionales de otros Estados a los que es aplicable el derecho a la libre circulación de los trabajadores, si en el proceso selectivo no resultara acreditado el conocimiento del castellano, las respectivas Comisiones de Acceso establecerán, en su caso, pruebas específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito. 3. Solicitudes 3.1 Quienes deseen tomar parte en los concursos realizarán la presentación de la instancia conforme el artículo 14.3 de la LPAC 39/2015, y el artículo 2.1 del Reglamento de Administración Electrónica de la UPM (aprobado en Consejo de Gobierno de fecha 31 de enero de 2019), exclusivamente por vía electrónica, a través del procedimiento de inscripción en concursos de la Sede Electrónica de la UPM., en el enlace https://sede.upm.es/procedimientos/concursospdi, donde cumplimentarán el formulario electrónico y aportarán la documentación exigida en DOCUMENTOS A APORTAR, y efectuarán el pago de las tasas correspondientes. Es necesario que el interesado disponga de un certificado digital reconocido para firmar electrónicamente la solicitud al finalizar el proceso. Los interesados dispondrán de un plazo de quince días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». En dicha solicitud deben proporcionar una dirección de correo electrónico, así como un número de teléfono móvil, al objeto de facilitar futuras comunicaciones. Al firmar y presentar la solicitud, el aspirante declara bajo su responsabilidad que reúne los requisitos precisos para su admisión en la plaza y categoría a la que concursa y que los méritos incluidos en su Currículum Vitae son ciertos, comprometiéndose a acreditarlo documentalmente si fuera requerido para ello en cualquier momento del proceso selectivo. 3.2 Documentos a aportar junto con la solicitud: a) Copia del documento nacional de identidad o pasaporte. b) Resolución de la acreditación para el cuerpo de la plaza convocada. c) Copia del título de Doctor. d) Haber efectuado el pago de 41,50 euros en concepto de derechos de examen usando el sistema de pago con la tarjeta disponible en el procedimiento de inscripción en concursos de la Sede Electrónica de la UPM. En casos excepcionales en los que no se pueda realizar este pago por tarjeta, podrá efectuarlo mediante transferencia bancaria al n.º de cuenta «ES19 0049 5121 26 2316021426, del Banco de Santander», con el concepto «UPM-Concursos: n.º de plaza, Categoría y Fecha de Resolución». En caso de pago por transferencia deberá adjuntarse a la solicitud de concurso un justificante de la misma. Están exentos del pago de la tasa, las personas que acrediten de modo fehaciente, encontrarse en alguna de las siguientes situaciones: – Discapacidad en grado igual o superior al 33%. – Los desempleados inscritos en oficinas de empleo como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses. – Las víctimas de violencia de género. – Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges e hijos. – Y, los miembros de familias numerosas de categoría especial. Los miembros de familias numerosas de categoría general contarán con una exención del 50% en el pago de las tasas. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable, lo cual determina la exclusión del aspirante. En ningún caso, la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación de la solicitud, en tiempo y forma. e) En el supuesto de querer optar a una plaza reservada a personas con discapacidad, dicha opción habrá de formularse en la solicitud de participación, a la que se adjuntará declaración expresa de que el interesado o interesada reúne un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, acreditado mediante certificado expedido al efecto por los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, o en su caso, de la comunidad autónoma. 3.3 Los aspirantes a más de una de las plazas convocadas deberán realizar lo reflejado en los puntos 3.1. y 3.2 para cada una de ellas (solicitud, documentación y pago de tasas). 4. Admisión de aspirantes 4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector, dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. Dicha resolución, irá acompañada de las listas completas de admitidos y excluidos, las cuales indicarán, respecto a estos últimos, la causa de exclusión, y se publicará en el Portal Web de la UPM. 4.2 Tanto los candidatos excluidos como los omitidos por no figurar ni en la lista de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión. Dicha subsanación se llevará a cabo a través de cualquiera de los siguientes enlaces: (https://sede.upm.es/miscandidaturas), en el apartado «Mis Expedientes/Concursos y Oposiciones/Mis candidaturas» o (https://sede.upm.es) en el apartado «Mis Expedientes/Concursos y Oposiciones/Mis candidaturas». 4.3 Finalizado el plazo de subsanaciones de solicitudes se aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se publicará en la forma anteriormente establecida. 4.4 No procederá la devolución de derechos de participación en los supuestos de exclusión por causa imputable a la persona interesada. 5. Comisiones de acceso 5.1 En virtud de lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 21 de diciembre de 2023 referido a la adaptación a la LOSU del procedimiento para la composición de las Comisiones de Selección para plazas de profesorado, la forma de proceder será la siguiente: Las comisiones de selección se realizarán por sorteo, a partir de una lista cualificada de profesorado y personal investigador propuesta por el Consejo de Departamento y ratificada por el Consejo de Centro. En todo caso, los integrantes de las listas tendrán que pertenecer al área de conocimiento o afín del perfil docente de la plaza y acreditar, dos quinquenios docentes y dos sexenios de investigación. Podrán integrar también esta lista profesores eméritos con contrato siempre que en el momento de su jubilación cumpliesen con los requisitos de catedrático exigidos. En todo caso, el Rector podrá designar el presidente titular de entre los propuestos en la lista para presidente/secretario. Las listas para concursos a Profesores Titulares de Universidad, tendrán que incluir: Propuesta para presidente y secretario: – 4 candidatos, de ellos dos Catedráticos de Universidad de los que saldrán presidente titular y suplente, y los otros dos de titular o catedrático de universidad para el sorteo de secretario titular y suplente. Propuesta para vocales: – 9 candidatos, de ellos, al menos tres serán Catedrático de Universidad entre los que se sortearán primer vocal y suplente, y entre el resto, se sortearán los vocales segundo y tercero, titular y suplente. De acuerdo con lo regulado en el Real Decreto 678/2023 de 18 de julio, para los concursos a los cuerpos docente, y, hasta que no se regule de manera explícita, de aplicación para todos los concursos, los miembros seleccionados en cada comisión de selección, deberán declarar sus posibles conflictos de interés y, en su caso, solicitar la renuncia a formar parte de la comisión al Rectorado de la UPM. El conflicto de interés motivará la solicitud de renuncia cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias respecto de alguna de las personas candidatas: a) Haber sido coautor o coautora de publicaciones o patentes en los últimos seis años. b) Haber tenido relaci... [Contenido completo disponible en BOE oficial]
📝 Observaciones
Extraido del BOE oficial
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https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-444
⏰ Plazo de Presentación: 20 días hábiles
Referencia: 444