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📋 LA GAVIDIA

🎯 725 plazas 📍 Granada

ℹ️ Información General

📅 Fecha de Publicación 30/12/2025
⏰ Fin del Plazo 27/01/2026
📍 Provincia Granada
🏙️ Municipio y Las agrupaciones de Oficinas de Justicia: Organización y Competencias
🗺️ Comunidad Autónoma Andalucía
🏛️ Órgano Convocante Ministerio de la Presidencia
💼 Puesto LA GAVIDIA

📄 Disposiciones

Con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración de Justicia y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública y negociación en la mesa sectorial de la Administración de Justicia, acuerda convocar procesos selectivos para el ingreso, por turno libre y sistema selectivo de oposición en los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial. La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, el Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2025, por el que se aprueba el IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, y el libro segundo del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo y se desarrollará de acuerdo con las siguientes Bases comunes Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, en lo que resulten de aplicación y no contradigan a las presentes. En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el resto de la normativa del Estado sobre Función Pública. Bases específicas La presente convocatoria se publicará en las páginas webs del Punto de Acceso General (www.administracion.gob.es) y del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, www.mjusticia.gob.es (Ciudadanos-Empleo público). 1. Descripción de las plazas 1.1 Se convocan procesos selectivos para cubrir por turno libre y sistema selectivo de oposición: – Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: 725 plazas. – Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa: 1155 plazas. – Cuerpo de Auxilio Judicial: 425 plazas. Del total de estas plazas se reservan para ser cubiertas por el cupo de reserva personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %: – Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: 73 plazas. – Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa: 116 plazas. – Cuerpo de Auxilio Judicial: 43 plazas. La convocatoria de las plazas se llevará a cabo conjuntamente en todo el territorio nacional de acuerdo con la distribución territorial, entre el ámbito gestionado por este Ministerio y las distintas comunidades autónomas con competencias asumidas en medios personales, que se recoge en el anexo II. Los aspirantes, dentro de cada Cuerpo, podrán concurrir solamente por uno de estos ámbitos territoriales, según las instrucciones detalladas en el anexo VII. Cuando el número de plazas o el mejor desarrollo de los procesos selectivos lo aconseje, se podrán agrupar las vacantes correspondientes a uno o varios territorios, solamente a efectos de la ejecución del proceso selectivo. Así, aunque las personas aspirantes se examinen en una sede territorial diferente a la del ámbito por el que concurren, de resultar aprobados o aprobadas en la convocatoria, serán destinados o destinadas obligatoriamente a alguna de las vacantes radicadas en el ámbito territorial que hubieran expresado en su solicitud. 1.2 Las plazas reservadas para cupo reserva personas con discapacidad que queden desiertas no se acumularán a las del cupo general de esta convocatoria. Las personas aspirantes que opten por el cupo de reserva de personas con discapacidad habrán de indicarlo en la solicitud de participación en la respectiva convocatoria, marcando la casilla correspondiente en la solicitud. Quienes soliciten participar por el cupo reserva de personas con discapacidad, únicamente podrán presentarse por este cupo. La contravención de esta norma determinará la exclusión de la persona aspirante que no la hubiese observado. De la misma manera, las personas aspirantes que hubieran optado por el cupo general no podrán cambiar al de reserva para personas con discapacidad. Excepcionalmente, quienes hubieran solicitado el reconocimiento de la condición legal de personas con discapacidad antes del día de la publicación de la presente convocatoria y que la hubieran obtenido con posterioridad y con efectos anteriores a la finalización de la presentación de instancias, podrán solicitar cambio de cupo dentro de su mismo ámbito territorial de elección hasta el día de la publicación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas. Las personas aspirantes con discapacidad podrán pedir, y al margen de que concurran o no por el cupo de discapacidad, en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada. En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se haya presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera plaza por dicho cupo de reserva, y su puntuación fuera superior a la obtenida por los aspirantes del sistema general que pudieran obtener plaza, será incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general, en el ámbito territorial por el que concurra. 1.3 Las personas aspirantes sólo podrán participar por un único ámbito territorial y, en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito territorial no se podrán acumular a otro distinto. Sin perjuicio de lo anterior y al amparo de lo dispuesto en el número 5 del artículo 483 de Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para evitar la existencia de plazas vacantes que pudieran resultar en algún ámbito territorial, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, previa valoración de las circunstancias concretas en las que se esté desarrollando el proceso selectivo y atendiendo al número de plazas que puedan haber quedado sin cubrir en alguno o algunos de los territorios en los que se convocan plazas, hará un llamamiento, al que solo podrán acudir quienes habiéndose presentado al último de los ejercicios hubieran obtenido una nota igual o superior al cincuenta por ciento de la nota máxima posible y no hubiesen superado el proceso selectivo. Los aspirantes que manifiesten interés por las plazas que hubieran quedado vacantes en otros territorios serán ordenados por la puntuación obtenida en el ámbito territorial por el que se presentaron, eligiendo destino a continuación del último aspirante que hubiera obtenido plaza por el ámbito territorial donde quedaron las vacantes. 1.4 No se admitirá la modificación del ámbito territorial elegido una vez presentada la solicitud inicial. 1.5 Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el «Boletín Oficial del Estado» y en los boletines oficiales de las comunidades autónomas donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible, todos los términos y plazos establecidos en la presente orden se contarán a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 2. Proceso selectivo 2.1 Los procesos selectivos se desarrollarán por el sistema de oposición. 2.2 Los ejercicios que componen cada uno de los tres procesos selectivos se describen en el anexo III.a) para el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa), anexo IV.a) para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y anexo V.a) para el Cuerpo de Auxilio Judicial. 2.3 En ningún caso podrá declararse superado el proceso selectivo en cada ámbito a un número mayor de aspirantes que el de plazas objeto de esta convocatoria, siendo nulas de pleno derecho las propuestas de personas aprobadas que contravengan esta limitación. 2.4 En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma calificación total en la oposición, se deshará el empate: primero, atendiendo a la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio; segundo: atendiendo a la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio; tercero: atendiendo a la mayor calificación obtenida en el tercer ejercicio, si hubiera. Por último, si aún persistiera el empate primará, para deshacerlo, la primera letra del primer apellido empezando por la letra «U», de acuerdo con la Resolución de 28 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (BOE de 1 de agosto). En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «U», el empate se dirimirá por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V», y así sucesivamente. 3. Programa Los programas que han de regir en la oposición se contienen en el anexo VI de esta convocatoria. El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor. 4. Requisitos de participación Para ser admitidos a la realización de los procesos selectivos, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera, los siguientes requisitos de participación: 4.1 Nacionalidad: Tener la nacionalidad española. 4.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad legal de jubilación forzosa. 4.3 Titulación: a) Para el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Grado, Licenciado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. b) Para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachillerato o equivalente. c) Para el Cuerpo de Auxilio Judicial: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o... [Contenido completo disponible en BOE oficial]

📝 Observaciones

Extraido del BOE oficial

ℹ️ Más Información

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-27053
⏰ Plazo de Presentación: 20 días hábiles
Referencia: 27053
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